mercadeo@orvisa.com publicidad@orvisa.com comercial@orvisa.com
Carrera 73 # 63f-55 piso2, Bogotá, Colombia
+(571) 430 9049 - 430 9059 300 233 5326
México ha captado de enero a septiembre estimado de 1.443 millones de dólares en inversión extranjera directa (IED) para la generación, transmisión y distribución de energía eléctrica en el país de acuerdo con cifras que posee a la fecha la Secretaria de Economía mexicana.
En contraste, en todo el años 2017, las inversiones de IED en este sector energético sumaron 2.103 y en todo 2018 ascendió a 4.974 millones de dólares.
El gobierno mexicano está considerando la infraestructura requerida para apoyar el crecimiento de la población en México. Se estima que la población crecerá un 0.8% anual durante los próximos 15 años. Esto impulsara un aumento en los usuarios de electricidad de 44.1 millones en 2019 a un estimado de 55.1 millones en 2033.
Energía eléctrica y reformas
La Ley de la Industria Electica de 2014, que derogo la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica de 1975, regula el sector eléctrico en México. En general, esta Ley introdujo cambios fundamentales en el sector, terminando con el monopolio de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en la generación de energía eléctrica; y permitiendo la inversión del sector privado.
Luego de la reforma energética, el Estado solo conserva las actividades “estratégicas” de transmisión y distribución que lleva a cabo la CFE.
De igual manera, otra actividad “estratégica” es el aprovechamiento de los minerales radiactivos para la generación de energía nuclear, por lo tanto el Estado puede generar energía eléctrica en centrales nucleares. A pesar de ello, el sector privado puede participar en las actividades estratégicas del sector por medio de contratos firmados con el Estado, pero no por medio de concesiones. En la comercialización de electricidad pueden participar empresas públicas y privadas.
Para producir y comercializar electricidad en México, se requiere un permiso de la CRE que se emite por un plazo máximo de 30 años. Se exceptúa de este requisito a las pequeñas centrales eléctricas, siempre y cuando no vendan directamente su producción a los usuarios denominados como grandes consumidores.