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Gobierno Colombiano define reglas para la nueva subasta de energías renovables

El Ministerio de Minas y Energía de Colombia definió, por medio de las resoluciones 4-0590 y 4-0591 del 9 de julio de 2019, las reglas de la nueva subasta de largo plazo de energía renovable, un mecanismo competitivo y transparente que busca acercar la oferta y fomentar la formación de precios eficientes que beneficien a los usuarios.

En la subasta, que se realizará antes de finalizar el mes de octubre, solo podrán participar proyectos nuevos de generación a partir de fuentes no convencionales de energía renovable (FNCER), cuya fecha de entrada en operación comercial sea posterior a la fecha de adjudicación de la subasta y que tengan una capacidad mayor o igual a 5 megavatios.

El contrato será financiero, tipo ‘pague lo contratado', lo que significa que el comprador se obliga a pagar al vendedor la energía contratada, independientemente de que el comercializador la consuma o no, y que el generador se compromete a suministrar una energía fija al comprador durante el bloque horario.

"En la definición de las nuevas reglas, recogimos las observaciones y comentarios de los distintos grupos de interés y agentes del sector, para encontrar el mejor balance de condiciones tanto para vendedores como para compradores, beneficiando a los usuarios. Entre estas condiciones, destacamos mayor certidumbre para los comercializadores en la entrega de energía con un modelo ‘pague lo contratado', así como mayores plazos de contratación y la definición de bloques horarios que se ajustan a las características de los proyectos de fuentes no convencionales de energía renovable de los generadores", señaló la Ministra de Minas y Energía, María Fernanda Suárez.

La CREG fijará el tope máximo el cual determina el valor máximo permitido para asignar los contratos en la subasta. Así mismo, definirá las condiciones bajo las cuales se garantiza que la subasta cuente con la participación adecuada y las transacciones no se concentren en un número limitado de agentes.

La cantidad de energía a subastar será definida como demanda objetivo por el Ministerio de Minas y Energía y será revelada por la Unidad de Planeación Minero Energética de manera simultánea con el tope máximo después de recibir las ofertas por parte de los compradores y vendedores que participen en el mecanismo.

La fecha de inicio de las obligaciones de suministro de energía eléctrica de los contratos que sean adjudicados en la subasta será el primero de enero del 2022 y el plazo de los contratos será de 15 años.

En los próximos días, el Ministerio de Minas y Energía de Colombia publicará la minuta de contrato que contiene la totalidad de obligaciones que los vendedores y compradores deben cumplir una vez resulten asignados en la subasta.

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Modificado por última vez en Viernes, 12 Julio 2019 08:14

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