INTRODUCCIÓN
Conforme a la Ley 51 de 1986 por la cual se reglamenta el ejercicio, entre otras, de la profesión de ingeniería eléctrica, se entiende por dicho ejercicio, según se indica en el artículo 1° de la citada Ley, lo siguiente: “…todo lo relacionado con la investigación, estudio, planeación, asesoría, ejecución, reparación, construcción, instalación, funcionamiento, mantenimiento y fabricación, referidos a tareas, obras o actividades especificadas en los subgrupos pertinentes de la Clasificación Nacional de Ocupaciones…” (Congreso de Colombia, 1986).
Debe contar con una suscripción para acceder a estos contenidos